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Sostenibilidad
¿Cumple tu empresa las nuevas normas europeas de información sobre sostenibilidad?
Los requisitos se aplicarán paulatinamente a partir del ejercicio 2024
Las empresas europeas que están obligadas a presentar un informe de sostenibilidad ya pueden contar con una guía para elaborarlo. La Comisión Europea adoptó, la semana pasada, unas normas comunes para estandarizar los llamados estados de información no financiera. Se trata de unas reglas que cubren cuestiones ambientales, sociales y de gobernanza, como, por ejemplo, el impacto en materia de cambio climático, el respeto de los derechos humanos y la garantía de conductas éticas. Esta decisión ofrece mayor claridad sobre la directiva de Reporte de sostenibilidad corporativa, aprobada a finales de 2022, por la que el volumen de empresas sometidas a esta obligación casi quintuplicó, pasando de unas 11.700 a más de 50.000, sin que se definiera a qué pautas concretas tenían que acogerse para redactar el informe.
La legislación de la UE exige que todas las grandes empresas y todas las empresas cotizadas, excepto las microempresas, divulguen información sobre lo que consideran riesgos y oportunidades derivados de su actividad en cuestiones sociales y medioambientales. La Comisión Europea, sin embargo, registra “una amplia evidencia de que la información de sostenibilidad que las empresas reportan actualmente no es suficiente”, puede ser de difícil comparación y no siempre es fiable – según un documento de preguntas y respuestas sobre las nuevas normas difundido por Bruselas.
Con el objetivo de resolver estos problemas, mejorar la comunicación y la gestión del rendimiento en materia de sostenibilidad, favoreciendo de esta forma el acceso a la financiación sostenible, estas reglas – elaboradas por el Grupo consultivo europeo en materia de información financiera (EFRAG, por sus siglas en inglés) – guiarán a todas las empresas para que reporten, por un lado, los impactos de su actividad en las personas y el medio ambiente, y, por el otro, de qué forma las cuestiones sociales y medioambientales les generan riesgos y oportunidades financieras.
Estándares europeos informes de sostenibilidad: 12 nuevas normas
Si con anterioridad la legislación europea solo se refería genéricamente a los criterios medioambientales, sociales y de gobernanza (ESG, por sus siglas en inglés), a los estándares de la Global Reporting Initiative (GRI) o a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU, ahora las empresas tendrán que seguir 12 normas para la redacción de sus informes. Las dos primeras establecen los principios generales que deben aplicarse al informe y la información esencial que debe divulgarse independientemente del asunto de sostenibilidad que se esté considerando. Las demás tocan distintos aspectos relativos al medioambiente (clima, contaminación, recursos hídricos y marinos, biodiversidad y ecosistemas, uso de recursos y economía circular), a temas sociales (mano de obra propia, trabajadores en la cadena de valor, comunidades afectadas, consumidores y usuarios finales), y de gobernanza (conducta empresarial).
La empresa reportará solo la información que es relevante para su modelo de negocio y actividad. Una evaluación sólida de lo que es relevante, sin embargo, será exigida. Si una empresa, por ejemplo, llega a la conclusión de que el cambio climático no es un tema importante y, por lo tanto, no informa de conformidad con esa norma, debe proporcionar una explicación detallada de las conclusiones de su evaluación con respecto al cambio climático., Esta evaluación se hará de acuerdo con el principio de doble materialidad, es decir, considerando los impactos tanto hacia dentro como hacia fuera de la empresa.
Una aplicación paulatina
Los nuevos requisitos de presentación de informes se introducirán gradualmente. La Comisión Europea transmitirá su decisión al Parlamento Europeo y al Consejo para su control en la segunda quincena de agosto. El período de control es de dos meses, prorrogables por otros dos. Una vez pasado este período, las empresas tendrán que empezar a presentar informes adoptando las nuevas normas de acuerdo con el siguiente calendario:
- Empresas anteriormente sujetas a la Directiva de Información No Financiera (NFRD), es decir, grandes empresas cotizadas, grandes bancos y grandes empresas de seguros, si tienen más de 500 empleados, así como grandes empresas no cotizadas en la UE con más de 500 empleados: ejercicio 2024, con primera declaración de sostenibilidad publicada en 2025.
- Otras grandes empresas, incluidas otras grandes empresas no cotizadas en la UE: ejercicio 2025, con la primera declaración de sostenibilidad publicada en 2026.
- Pymes cotizadas, incluidas las pymes no cotizadas en la UE: ejercicio 2026, con las primeras declaraciones de sostenibilidad publicadas en 2027. Las pymes que cotizan en bolsa, sin embargo, pueden decidir excluirse de los requisitos de información durante otros dos años. La última fecha posible para que una pyme cotizada comience a informar es el año financiero 2028, con la primera declaración de sostenibilidad publicada en 2029.
Además, las empresas no pertenecientes a la UE que generen en ella más de 150 millones de euros al año y que tengan en el club de los 27 una sucursal con un volumen de negocios superior a 40 millones de euros o una filial que sea una gran empresa o una pyme cotizada tendrán que informar sobre los impactos en la sostenibilidad a nivel de grupo de esa empresa no perteneciente a la UE a partir del ejercicio 2028, con la primera declaración de sostenibilidad publicada en 2029. Se adoptarán normas separadas específicamente para este caso.