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AYUDAS FISCALES
Llegan los cambios de la nueva normativa de bonificaciones por personal investigador
Conoce aquí las novedades y limitaciones de la nueva normativa que entra en vigor el día 1 de septiembre
El Consejo de Ministros aprobó con anterioridad el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
En lo relativo a las bonificaciones por personal investigador, reguladas en el Real Decreto 475/2014, se modifican los artículos 1 y 2 del Real Decreto 475/2014, estableciendo las bonificaciones en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes en la contratación del personal investigador adscrito a actividades de I+D+i, y se establecen los siguientes cambios:
- En este sentido, la contratación indefinida, por empresas dedicadas a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, entendiendo como tales las actividades descritas en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, de personal para la realización con carácter exclusivo y por la totalidad de su tiempo de trabajo dará lugar, durante un máximo de tres años, a una bonificación del 40 por 100 sobre la cuota empresarial a la seguridad social por contingencias comunes.
- De manera adicional, la contratación de personas investigadoras jóvenes, entendiendo por tales aquellas que sean menores de 30 años, y la contratación de mujeres investigadoras dará, respectivamente, derecho a una bonificación adicional de un 5 por 100, siendo estas acumulables, en su caso, entre sí.
Además, con la aprobación del decreto, se han incluido una serie de limitaciones importantes en la aplicación del incentivo:
- Únicamente se podrá dar de alta como personal investigador a nuevas contrataciones indefinidas o conversión de contratos a indefinidos. Desde el 01/09/2023 no se puede dar de alta a personal investigador con fecha de antigüedad previa en la empresa salvo conversiones a contratos indefinidos. Este punto también afecta a la identificación de perfiles, puesto que dicha identificación se ha de realizar previa a la alta en la empresa, ya que se debe de dar de alta como personal investigador en el momento de alta en la empresa con contrato indefinido o en su caso conversión a indefinido.
- Se limita un máximo de 3 años el periodo a bonificar, empezando con cualquier alta desde el 01/09/2023. Esta limitación no afecta a altas previas al 01/09.
- Restricción en las bajas. Hay que revisar de forma muy exhaustiva las bajas en el incentivo.
La entrada en vigor de estos cambios está prevista para el 1 de septiembre de 2023, siempre y cuando dicho decreto ley pase el trámite de convalidación.