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Preguntas y respuestas sobre las medidas y ayudas adoptadas ante el COVID-19
EL CDTI y la Comisión Europea, que han anunciado estos días múltiples medidas para hacer frente a la crisis del COVID-19, se esfuerzan también en resolver preguntas frecuentes. Recogemos las principales:
Comisión Europea: website Coronavirus
La Comisión Europea ha lanzado un sitio web específico para recoger toda la información relativa al Coronavirus. Aquí pueden encontrarse los últimos desarrollos y acciones, consejos generales, contactos y enlaces útiles, estadísticas y varios otros temas de interés para ciudadanos e instituciones, que se actualizarán periódicamente.
CDTI: preguntas frecuentes sobre las nuevas medidas adoptadas
En España, por su parte, el CDTI ha habilitado un enlace donde está recogiendo las respuestas a las FAQs (preguntas más frecuentes) que están recibiendo. Entre ellas:
- Ante el estado de alarma, ¿continúa el CDTI operando con normalidad?
SÍ. El CDTI mantiene abierta la presentación, evaluación y aprobación de ayudas parcialmente reembolsables durante este período, ya que todo el proceso puede realizarse online. El CDTI está implantando mecanismos para flexibilizar la justificación de las ayudas y desarrollar con normalidad el resto de actividades. Sólo quedan afectados los procedimientos administrativos (subvenciones) a los que son de aplicación las Disposiciones adicionales tercera y cuarta del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo sobre la suspensión de plazos de tramitación. - ¿Cómo afecta la suspensión de plazos administrativos a las ayudas de CDTI?
La suspensión de plazos también se aplica a los procedimientos administrativos de CDTI, por lo que todos los plazos previstos en las convocatorias de subvenciones que estén en curso hasta el levantamiento del estado de alarma quedan temporalmente suspendidos. Una levantado el estado de alarma, se reanudarán los cómputos de plazos por el tiempo que reste desde que se interrumpieron.
A modo de ejemplo, esta suspensión se aplica a los plazos para presentar cualquier solicitud (solicitud de subvención, anticipo, modificaciones, etc.), plazos de justificación o plazos de ejecución de los proyectos.
La suspensión de plazos no afecta a las ayudas parcialmente reembolsables del CDTI, debido a que se rigen por derecho privado. - ¿Se aplica también la suspensión de plazos administrativos a la presentación de solicitudes para la convocatoria de Misiones Ciencia e Innovación, que según publica el BOE vence el 15 de abril?
SI. El plazo de presentación de solicitudes a Misiones Ciencia e Innovación se debe entender suspendido durante la vigencia del estado de alarma y sus eventuales prórrogas. A fecha 23 de marzo, y dada la reciente prórroga anunciada, se estima que el plazo de solicitudes de Misiones Ciencia e Innovación finalice durante la primera quincena de mayo de 2020. - Mi proyecto ha sido presentado antes del 14 de marzo de 2020. ¿Se puede beneficiar de las exenciones de garantías?
SI. Los proyectos que no hayan sido aprobados todavía pero hayan sido presentados antes del 14 de marzo podrán recibir el tratamiento extraordinario de exención de garantías pero siempre sujetos a los criterios de solvencia empresarial solicitados habitualmente por el CDTI. - Mi proyecto ha sido presentado y aprobado antes del 14 de marzo de 2020. ¿Se puede beneficiar de las exenciones de garantías?
NO. Los proyectos ya aprobados, aunque no hubieran recibido aún ningún desembolso, ya han entrado en una fase de ejecución y no son elegibles para esta exención extraordinaria. - Mi proyecto se encuentra en fase de justificación. ¿Se puede beneficiar de las exenciones de garantías?
NO. Solo pueden beneficiarse de esta medida extraordinaria los proyectos que aún no hayan sido aprobados por el Consejo de Administración. - ¿Las medidas extraordinarias aprobadas podrán ser aplicadas de forma retroactiva?
NO. Estas medidas son exclusivas para los proyectos no aprobados antes del 14 de marzo. - ¿Es necesario seguir algún procedimiento especial para solicitar la exención de garantías?
NO. El procedimiento de solicitud de ayudas es el mismo de siempre, a través de la sede electrónica del CTDI en https://sede.cdti.gob.es/. - Mi proyecto está en fase de justificación. ¿Siguen corriendo los plazos normalmente?
NO. Según el Real Decreto, los plazos de la Administración entran en pausa a partir del 14 de marzo y solo se reactivarán cuando sea desactivado el estado de alarma. Por lo tanto, los días transcurridos entre ambas fechas no contarán a efectos de cómputo de plazos. El CDTI aplicará una flexibilización de fechas en esta etapa de la vida del proyecto (más información) - ¿Habrá que esperar hasta que finalice el estado de alarma para poder proceder a la firma de proyectos aprobados o se habilitará un procedimiento digital telemático?
Si su proyecto está aprobado y pendiente de firma, nos pondremos en contacto con usted lo antes posible para indicarle cómo proceder. - ¿Se pueden presentar ya proyectos de la modalidad LIC-A aunque los plazos administrativos estén en pausa o hay que hacerlo a partir del 1 de abril?
SÍ. CDTI mantiene abierta su ventanilla de solicitudes en su aplicación online https://sede.cdti.gob.es/. Hasta el 1 de abril, las Comunidades Autónomas de desarrollo para la LICA son Andalucía, Castilla La Mancha, Extremadura, Murcia, Castilla y León, Comunidad Valenciana (se excluye Valencia capital ), Canarias y Galicia. Desde el 1 de abril se extiende a todo el territorio nacional según el mapa de regiones asistidas (https://www.dgfc.sepg.hacienda.gob.es/sitios/dgfc/es-ES/ipr/ir/Normativa/DECISION_CE_modificacion_MAPA.pdf - ¿Las empresas extranjeras con sede en España pueden solicitar las ayudas CDTI?
Para solicitar ayudas CDTI, la empresa tiene que tener domicilio fiscal en España. Aunque esté participada o sea filial, si está válidamente constituida en España es elegible.