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START-UPS

La nueva Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes

Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes

Francisco de Arístegui

Director de Estudios para Servicios de Consultoría

En diciembre de 2022 entró en vigor la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (Ley 28/2002), coloquialmente conocida como la ley de start-ups española.

La generación de nuevas empresas de base tecnológica ha ido adquiriendo una importancia progresiva en los últimos años, como vector de desarrollo de actividades empresariales de alto valor añadido y empleo cualificado, y con alto potencial de crecimiento gracias a la escala que proporcionan los medios digitales y la globalización de la economía.

Pero junto a los riesgos inherentes a cualquier actividad empresarial, las start-ups de base tecnológica afrontan riesgos adicionales derivados de su alto contenido innovador, la incertidumbre sobre el éxito de su modelo de negocio, la dificultad para obtener financiación antes de que la empresa empiece a generar ingresos, y más aún para acometer inversiones que permitan su rápida expansión en caso de éxito. Estas empresas también necesitan captar y retener trabajadores altamente cualificados, con un escaso o nulo flujo de ingresos iniciales para poder remunerarles mediante instrumentos salariales convencionales.

Los tres ámbitos de la nueva ley

Las administraciones públicas pueden respaldar y estimular ese nuevo tejido empresarial de start-ups, mediante el apoyo a ecosistemas locales que favorezcan el establecimiento de emprendedores, y la atracción de talento e inversores, actuando fundamentalmente en tres ámbitos:

  • Ofreciendo beneficios fiscales para emprendedores, trabajadores e inversores.
  • Reduciendo trabas administrativas y facilitando visados para personal cualificado extranjero.
  • Introduciendo flexibilidad en la gestión de las start-ups y en la aplicación de los principios mercantiles y concursales.

La definición de las start-ups

La nueva ley introduce una definición de aquellas empresas emergentes o start-ups que podrán beneficiarse de las medidas de apoyo en ella previstas. Estos son algunos de los requisitos:

  • Deben ser empresas de nueva creación o con un máximo de cinco años de antigüedad desde su creación (siete años en el caso de empresas del sector de biotecnología, energía o industrial). · Han de ser empresas independientes o no controladas por otra empresa, con un porcentaje mayoritario de plantilla con contrato en España.
  • Deben tener un carácter innovador.
  • No pueden ser empresas cotizadas ni haber distribuido dividendos.
  • No pueden superar una facturación de diez millones de euros.

La acreditación formal de estos requisitos corresponderá a ENISA (Empresa Nacional de Innovación) mediante un procedimiento gratuito para el emprendedor.

Una fiscalidad más atractiva

Entre los aspectos más destacables en materia fiscal, la nueva ley reduce el tipo del impuesto de sociedades para las empresas emergentes, del actual 25% al 15%, durante un máximo de cuatro años, y siempre que se mantenga la condición de empresa emergente, y también permite el aplazamiento sin intereses del pago de las deudas tributarias durante los dos primeros años en los que la base del impuesto de sociedades sea positiva.

Para facilitar la atracción y retención de talento, se mejora la fiscalidad de la retribución mediante entrega de acciones o participaciones a los empleados (stock options), elevando el importe de la exención de 12.000 a 50.000 euros anuales. También se difiere la imputación temporal de los rendimientos del trabajo en especie cuando las acciones o participaciones concedidas a los trabajadores superen ese importe exento.

Con el objetivo de atraer y retener talento extranjero, la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes amplía la vigencia de las autorizaciones de residencia para actividad empresarial de dos a tres años prevista en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, pudiendo prorrogarse por dos años más y obtener la residencia permanente a los cinco años.

Para estimular la atracción de inversores, la ley aumenta la deducción fiscal por inversiones en empresas emergentes, incluida la inversión de los propios socios fundadores, incrementando el tipo de deducción del 30% al 50%, y la base máxima deducible de 60.000 a 100.000 euros por suscripción de acciones o participaciones en la nueva empresa, si bien esa inversión debe mantenerse al menos durante tres años, y la empresa en la que se invierta no debe superar los 400.000 euros en fondos propios.

Los procesos de innovación abierta

La ley también regula los llamados en inglés regulatory sandboxes, o entornos controlados de prueba para nuevas actividades de start-ups que no encuentran acomodo en la normativa general existente. Son espacios donde se exceptúa esa normativa general, supervisados por un organismo o entidad reguladora, para evaluar la utilidad, viabilidad y el impacto de innovaciones tecnológicas en diferentes sectores de actividad productiva, y donde las start-ups pueden probar y validar durante un año nuevos productos, servicios y modelos de negocio.

La nueva ley reconoce la importancia de los procesos de innovación abierta como una vía para la consolidación de start-ups, ya que considera prioritario alentar la creación de redes de contacto y colaboración, plataformas y puntos de encuentro entre empresas emergentes y entre estas y empresas maduras, y financiar proyectos colaborativos entre pequeñas y medianas empresas y empresas emergentes. En este sentido, la ley prevé que el gobierno apruebe un programa plurianual de ayudas al emprendimiento basado en innovación, integrado en el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación.

En definitiva, la Ley de fomento del ecosistema de empresas emergentes supone un paso adelante para el estímulo de nuevo tejido empresarial innovador. El tiempo nos dirá si es suficiente o hace falta dar más pasos para facilitar la creación y consolidación de este tipo de empresas.

Persona experta

Francisco de Arístegui

Sede de Pamplona

Director de Estudios para Servicios de Consultoría

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